Madrid, Corona de Castilla, 21 de noviembre de 1575
Ib., 26 de noviembre de 1655
Juan de Solórzano Pereyra
(https://www.academiacolecciones.com/estampas/inventario.php?id=GR-2552#&gid=1&pid=GR-2552)
Biografía
Su padre fue Abogado de Reales Consejos y Solórzano siguió la tradición jurídica de la familia. Estudió desde 1587 la carrera de derecho en la Universidad de Salamanca, después de graduarse (1599), en 1602 nombrado sustituto del Dr. Diego Enríquez en su cátedra de Prima de Leyes, en 1605 se trasladó a la cátedra de “Código” y en diciembre del mismo a la cátedra de “Digestio Viejo”. Elegido catedrático de Vísperas de Leyes el 30 de abril de 1607. Recibió el grado del doctor en leyes en enero de 1608 por una tesis sobre el parricidio De Crimine Parricidi Disputatio. Pero su carrera principal se desarrolló fuera de la universidad, en las instituciones virreinales y peninsulares.
Nombrado oidor de la Real Audiencia de Lima (1609) y catedrático de Prima de Leyes, pero rechazó este cargo para dedicarse completamente a los asuntos del gobierno. Se casó en 1614 con una criolla, Clara Paniagua de Loaysa y Trexo. El virrey marqués de Montesclaros, escribió: “le tengo por sujeto de muchas letras, de extraordinario caudal y capacidad de entendimiento, ajustado en su proceder y deseoso de acertar”.
En 1616 el Virrey del Perú, Francisco de Borja y Aragón, lo designó gobernador y visitador de las minas de azogue de Huancavelica. Desde el año 1618 escribe al rey solicitando su regreso a España, pero la respuesta tarda, y a pesar de otras solicitudes de regreso, no lo consigue hasta 1626. En España siguió ocupando los cargos fundamentales: fiscal del Consejo de Indias (1627), ascendido al fiscal del Consejo de Hacienda (1628), consejero de Indias (1629-1641), y fiscal del Consejo de Castilla en 1633, pero rechazó este nombramiento por la sordera.
Después de su llegada en 1627 colaboraba en la Recopilación de las leyes de Indias. Ya antes, durante la presidencia de Fernando Carrillo (1617-1622) en el Consejo de Indias, Solórzano le envió su plan de la Recopilación de las Leyes de Indias. Los describe en una carta fechada Huancavélica, 8 de abril de 1618: “En los ratos que he podido tener libres he trazado y compuesto unos libros latinos, en que, a mi parecer, se juntan y tratan todos los puntos dignos de consideración que se suelen y pueden ofrecer en las materias del gobierno y justicia de estas Indias Occidentales […] me he alentado a trabajar para reducirlas [las cédulas, provisiones, cartas, instrucciones y ordenanzas] a títulos y ponerlas en forma de leyes, con la brevedad y claridad posible, imitando la Recopilación de las de Castilla, […] Y para que esto se conozca mejor, al pie de cada ley voy poniendo de dónde se saca, haciendo una historia y compendiosa relación de todo lo que se halla proveído en el punto que se decide, que le sirva juntamente de glosa y comprobación.”
Con esta carta remitía un plan general de libros de la futura Recopilación y dos títulos ya hechos. Carrillo se apropió de la idea, a la vez que prohibió a Solórzano proseguir con su obra que quedó paralizada hasta 1621, cuando el presidente concedió la licencia de seis meses a Solórzano para que sólo se dedicara a la Recopilación. Solórzano redactó el libro I y lo emitió a Madrid, 8 de mayo de 1622. Aunque Manzano Manzano insiste en su estudio que León Pinelo es el principal autor de la Recopilación y de los Sumarios (vid. Recopilación de las leyes de Indias) es preciso comprobar las diferencias y afinidades entre el libro de Solórzano y los trabajos que realizaron Aguilar-Pinelo, porque estos dos recopiladores consiguieron sus mayores avances precisamente en lo que se refiere al libro I, por ejemplo, los Sumarios (1628). (Vid. “El proceso recopilador de las leyes de Indias hasta 1680”, estudio para Recopilación de Leyes de Indias, Madrid: Ediciones Cultura Hispánica, 1973, pp. 17-18. Libro primero de la recopilación de Cédulas, cartas, provisiones y ordenanzas reales, Buenos Aires, 1945.)
En 1640 el rey Felipe IV de España le concede el hábito de caballero de la Orden de Santiago y el título de Consejero del Supremo de Castilla conservando su plaza del Consejero de Indias. Se jubiló a los 69 y se dedicó a escribir sobre el gobierno y las leyes del imperio.
Obras
— 1605 Ioannis de Solorzano Pereira I.C. Hispani, in Salmanticensi Academia Proprimarii Caesarei Iuris Antecessoris, Diligens et accurata de Parricidii crimine disputatio, duobus libris comprehensa: quorum Prior poenas huic sceleri constitutas exactissime explicat; Posterior, qui eis subdantur non minori curà pertractat; […]. Salamanticae: excudebat Artus Taberniel Antuerpianus: Ioanni Comanno Bibliopolae. (BN 3/37628 (1), Cervantes U/6180)
— 1623 el ms. Cervantes MSS/9373 reproducido MSS.MICRO/7655, BDH, titulado “Papeles varios” contiene: Carta de Juan de Solórzano Pereira al Conde Duque. Lima, 1623, fols. 198-199v.
— 1628 El Fiscal del Real Consejo de las Indias. Sobre si en ellas pueden ser ordenados de sacerdotes los mestizos, y otros ilegitimos, y tener y seruir los beneficios curados de los pueblos de los Indios, que llama[n] doctrinas, sin particular dispensacion de su Santidad. (BN R/17270(30) reproducido R/17270(1) )
— 1629 Memorial de Solórzano, consejero de Indias, al Papa Urbano VIII. El ms. de esta carta autógrafa al Papa Urbano VIII, se conserva en MSS/18725 de BN.
— 1631 Discvrso, i alegación en Derecho, sobre la culpa que resulta contra el General do Iuan de Benavides Baçan, i Almirante don Iuan de Leoz, i otros consortes, en razón de aver desamparado la Flota de un cargo, que el año 1628 venia de Nueva-España, dexandola, sin hazer de feusa en manos del Corsario Olandes, en el Puerto de Matanças. (Madrid: Por Francisco Martínez). (BN 2/44947) Redactado en 1629.
— 1639 Tradvccion de la Dedicatoria real, i epistolas proemiales del segundo tomo del Derecho i gouierno de las Indias Occidentales. q[ue] [h]a sacado á luz el Dor. Juan Solórzano Pereira; hecha, i ilustrada con notas margenales por Don Gabriel de Solorzano Paniagua i Trexo hijo segundo del autor. [S.l.]: [s.n.] (en la oficina de Francisco Martínez). Se encuentra también en el siguiente ms.: Cervantes MSS/8553 reproducido MSS.MICRO/11460, BDH, titulado “Papeles varios relativos a América” fols. 131-197. (BN 2/47835, Cervantes 2/18734, R/15456)
— 1642 Memorial o discurso informativo iuridico, historico, politico de los derechos, honores, preeminencias, i otras cosas, que se deben dar, i guardar à los consejeros honorarios i iubilados i en particular si se les debe la pitança que llaman de la Candelaria. Dirigido al Rey N. S. (En Madrid: por Francisco Martinez). (BN 3/33913, 3/70876) Solórzano se refiere a los honores que debían gozar los consejeros.
— Presentación al Rey Felipe IV de la obra De Indiarum iure et Gubernations de Juan Solórzano Pereira: con la traducción de la Epistola Dedicatoria. Por G. de Solórzano Paniagua. [S.l.]:[s.n.] (BN Cervantes VE/1224/52)
— Memorial de Juan de Solórzano Pereyra, oidor de la Real Audiencia de los Reyes, sobre la restitución de la tercera parte de un contrabando [incompleto] se encuentra en fols. 38-39v del ms. Cervantes MSS/3035 reproducido MSS.MICRO/4372 , titulado “Ordenanzas de la Hacienda Real [en Indias]”.
— Ms. BN Cervantes MSS/2193, s. XVII, BDH: Licenciatus Joannes de Solorzano agreditur explicandum titulum Digestus de verborum obligationibus…
— 1653 Censura del Señor Doctor D. Juan de Solorzano Pereyra [de la obra «Perfecto Prelado», de D. Pedro de Reyna Maldonado] [s.l.]:[s.n.] (Madrid) (BN VC/107/24)
— El doctor Iuan de Solorzano Pereira, Fiscal del Real Consejo de las Indias con los Marqueses de Oropesa sobre las dudas que se han ofrecido cerca de la inteligencia del concierto y transaccion que hizieron con su Magestad. [S.l.]: [s.n.], [16—?] (BN Cervantes PORCONES/508(1); RAH 14/3042(9))
— 1660 El Doctor de Ivan de Solorzano Pereyra, siendo Fiscal de Indias, con los bienes, y herederos del Governador Don Francisco Vanegas, cabo que fue de las Galeras de Cartagena, sobre si se pveden seguir, i sentenciar contra ellos los cargos que quedaron hechos al dicho Don Francisco, aunque el aya muerto pendiente este pleito, I generalmente sobre todos los casos en que se puede inquirir, i proceder contra las Iuezes, i Ministros difuntos, en visitas, demandas, i residencias. [S.l]: [s.n.] (Madrid: Por Diego Diaz de la Carrera) (BN 2/44573)
1629 Madrid: por Francisco Martínez. Un ejemplar en la Biblioteca Bodleiana.
Redactaba la obra, cuando en 1637 el rey firmó el decreto al Consejo de Indias, que estaba imprimiendo el libro donde exageraba el tratamiento de los españoles a los indios, por lo que Solórzano recibió la orden del censor, Jerónimo Villanueva, de que moderase sus juicios. Lo que provocó ciertas contradicciones. Incluido en el Índice (Index librorum prohibitorum) de 20 de marzo de 1642, por su visión regalista del Patronato Regio a favor de la intervención del monarca en los asuntos eclesiásticos.
Esta obra, escrita en español, tiene como objetivo sintetizar y divulgar la información sobre el gobierno de las Indias. Aunque Solórzano cita De Indiarum iure, la Política Indiana no es su mera traducción o adaptación del latín al español. Aquí Solórzano resume su experiencia de funcionario y jurista. El siglo XVI, fue siglo de las disputas permanentes sobre cómo gobernar los nuevos territorios, qué estatuto tienen los indígenas dentro de la monarquía, cuáles son los derechos de los monarcas a poseer el Nuevo Mundo, etc. Pero en los tiempos de Solórzano el imperio se encuentra ya consolidado, las tierras del Ultramar y su población están incorporadas en la vida política y jurídica del imperio, así la Política Indiana ya no plantea dudas, sino da respuestas a los debates de la centuria anterior. Esta es una de las razones porque Solórzano muchas veces contradice a Francisco de Vitoria y se acerca más a las ideas de Juan Ginés de Sepúlveda. Solórzano señala que el concepto del Nuevo Mundo, es “nuevo” sólo por ser desconocido antes, pero no por ser distinto en sus raíces, lo muestra como prolongación del reino cristiano, Castilla, cuyos fundamentos políticos y jurídicos se habían extendido a los territorios descubiertos. Es una obra clave para analizar el pensamiento político y jurídico de la época, para conocer la realidad de los virreinatos, porque tanto los ejemplos como las críticas de Solórzano nos acercan a la realidad cotidiana de aquella sociedad. Merece atención el realismo político de la Corona que no había roto por completo con las costumbres ancestrales de los indios, sino reconoció e incluyó una parte de ellos (que no contradecían al cristianismo) en la legislación imperial, adaptando las leyes a las condiciones del cada territorio.
Las fuentes: teólogos San Agustín, Sº Tomás, humanistas Luis Vives, Erasmo, Tomás Moro, Vitoria, clásicos como Horacio, Virgilio, Séneca; crónistas, Acosta, Las Casas, Oviedo, Sepúlveda, Torquemada, León Pinelo. El derecho romano, el Digesto y el Corpus iuris, Justiniano, Paulo, Papiniano, etc. Solórzano también cita sus otras obras.
Contenido: Libro I sobre el nombre “el Nuevo Mundo”, los justos títulos ya no aparecen como problema por definir, sino como base jurídica para poseer aquellas tierras porque el gobierno español cumplió con la conversión y civilización política de los indígenas; las acusaciones de Las Casas son calificadas como calumnias, pero Solórzano reconoce que hubo excesos durante la conquista. Libro II: sobre la esclavitud de los indios, defiende su libertad, pero reconoce que es necesario su trabajo para mantener el imperio y evitar su ociosidad, critica la codicia de algunos españoles que tienen que apartar su codicia y no explotar a los indios. Libro III: una especie del tratado sobre la encomienda, donde Solórzano la defiende como institución necesaria para la protección del indio y para premiar a los conquistadores y descubridores; reitera la necesidad de evitar abusos. Libro IV sobre el patronato real de los reyes de Castilla sobre las Indias, donde defiende que la concesión papal es una regalia, o sea el derecho no inalienable e intransferible de los monarcas, de aquí Solórzano insiste en el sometimiento de los eclesiásticos al rey en lo que se refiere al gobierno temporal; censura severamente los abusos de poder que se permiten los obispos. Libro V: sobre el gobierno secular; describe las competencias y funciones de las instituciones indianas, las compara con las de Castilla; describe las funciones y títulos de los virreyes, del Consejo de Indias y de las Reales Audiencias. Libro VI: la Hacienda Real, los impuestos y derecho de cobrar los tributos, los Consulados de mercaderes, la Casa de Contratación de Sevilla, la crítica de las malas prácticas más frecuentes.
Los caps. 15, 16, 17 y 18 de la Política indiana sobre “Mitas y servicio personal de los indios” ocupan fols. 11-48 del ms. Cervantes MSS/6225 reproducido MSS.MICRO/1454, titulado Papeles referentes a la Mita del Potosí y a la expulsión de los chinos sangleyes de Filipinas.
Obra de Solórzano, publicada poco antes de su muerte, dirigida a cualquier gobernante, donde el jurista ahonda en el estudio de los problemas que le ocupaban a lo largo de su vida: el poder, la corona, la guerra, sus símbolos. Reconocido especialista en literatura emblemática española, Karl Ludwing Selig, señaló que esta obra no tuvo éxito merecido, porque fue escrita en latín, mientras que la obra de Andrés Mendo Príncipe perfecto y ministros ajustados, que salió pocos años después, fue redactada en castellano y reproducía 80 de cien grabados de Emblemata de Solórzano.
Ediciones
De indiarum Ivre, Sive De justa Indiarum Occidentalium inquisitione, acquisitione, et retentione Tribus libris comprehensam, D.E.C. Cum privilegio. Francisci Meartinez, 1629. 2 tomos en 3 vols. (BN 1/43796-98 ). El v. 3 salió diez años después en 1639: Tomum alterum De Indiarum iure siue De Iusta Indiarum Occidentalium gubernatione: quinque libris comprehensum. Matriti: ex typographia Francisci Martinez, 1639. Reimpreso en Roma, 1641.
— 1653 Dispvtationem de Indiarum Ivre, [s.l.]: [s.n.] (Matriti) 2 vols. (BN 6/3336 v. I)
— 1672 De Indiarvm Ivre, sive De iusta Indiarum Occidentalium Inquisitione, acquisitione [et] retentione tomus primus: cui accessit alia eiusdem authoris Disputatio de parricidii crimine, cum duplici Indice, primo Librorum et Capitum; altero Rerum notabilium absolutissimo. Editio nouiissima ab innumeris, quibus priores deformatae erant mendis emaculata. Lvgdvni: sumptibvs Lavrentii Anisson. 2 vols. (BN 2/48255-56, Cervantes R/36596 v. I [Editio novissima ab innumeris…]
— 1777 …tomus primus [et secundus]. Editio novissima ab innumeris, quibus priores deformatae erant, mendis emaculata, opera et studio Lic. D. Francisci Mariae de Vallarna, Juriscons. Hisp. In Supremis Consiliis Advocatio, et Colegii Matritensis Alumni. Matriti: [s.n.], (In Typographia Regia, vulgò de la Gazeta). 2 vols. (BN Cervantes R/25279-80)
— 1994-2001 De indiarum iure. Ed. C. Baceiro et. al. Estudio preliminar de Miguel Angel Ochoa Brun. Madrid: CSIC. Serie: Corpus Hispanorum de Pace, 2ª serie:
– Liber I, De inquisitione indiarum. v. VIII, 2001.
– Liber II, De acquisitione indiarum, Los caps. 1-15, v. V, 1999. Los cap. 16-25 en el v. VII con Estudio preliminar “Fuentes utilizadas por Solórzano” de A. M. Barrero, 2000.
– Liber III, De retentione indiarum. 1994, v. I con estudio preliminar de Luciano Pereña, Carlos Baciero, Jesús Mª García Añoveros, Antonio García y García, F. Cantelar Rodríguez.
— 1648 …sacada en lengua castellana de los dos tomos del Derecho i gouierno municipal de las Indias Occidentales, que mas copiosamente escribio en la Latina don Iuan de Solorzano Pereira …; diuidida en seis libros en los quales…resuelve todo lo tocante al descubrimeinto, descripción, adquisición i retencion de las mesmas Indias…; añadidas muchas cosas que no están en los tomos latinos, i en particular todo el Libro sexto…; con dos indices. Madrid: por Diego Diaz de la Carrera. (BN 3/74782, Cervantes R/36359, R/34077)
— 1698 Expositiones, commentationes et academicae praelusiones de materia juridica Codicis juris civilis. Obras de Juan de Pereira Solórzano y José de Zamora. (BN Cervantes MSS/6738 reproducido MSS.MICRO/19189)
— 1703 ilustrada por F. Ramiro de Valenzuela. [S.l.]: [s.n.] 1703 (Amberes: Henrico y Cornelio Verdussen). (BN 2/52920)
— 1736-39 Madrid: por Matheo Sacristan [t. 2: Madrid: por Gabriel Ramírez]. 2 tomos.(BN 1/25628-29, Cervantes U/982-83) Tomo I.
— 1776 …corregida e ilustrada con notas por… Francisco Ramiro de Valenzuela… [S.l.]: [s.n.], (Madrid: Imprenta Real de la Gazeta). 2 vols. (BN Cervantes R/25281-82) Edición facsímil: México, 1979.
— 1930 Corregida e ilustrada con notas por el licenciado Don Francisco Ramiro de Valenzuela. Madrid; Buenos Aires, Compañía Ibero-Americana de Publicaciones. Otra ed.: Madrid: Compañía Ibero-Americana de Publicaciones [Voluntad, 1948?] 5 vols. (BN HA/11042-46, 2/79914-18)
— 1972 Corregida e ilustrada con notas por don Francisco Ramiro de Valenzuela. Estudio preliminar por Miguel Ángel Ochoa Brun. BAE, t. 252-256. Madrid: Atlas. 5 vols. Facsímil de la ed. 1930.
— 1996 Prólogo y edición de Francisco Tomás y Valiente y Ana Mª Barrero. Madrid: Fundación José Antonio de Castro. 3 vols. A base de la ed. 1736 (adicionada por Ramírez de Valenzuela), y la de 1647, corrigiendo algunas lecturas defectuosas de Ramírez de Valenzuela y eliminando las lagunas inexistentes en la 1ª ed. Las adiciones de Valenzuela aparecen señaladas.
— ca. 2001 Estudio preliminar por M. A. Ochoa Brun. Madrid: BAE. 5 vols.
— ca. 1651 D. Ioannis de Solorzano Pereirae, emblemata contum Regio Politica: aeneis Laminis affabre caelata vividisque. Madrid? (BN Goya ER/1377).
— 1652 [S.l]: [s.n.], (Matriti: D. García Morrás) (BN 1/26232, 2/56890 reproducciones en Alcalá).
— 1653 Emblemata centum…: Æneis, laminis affabre caelata, viuisque, et limatis carminibus explicita, & singularibus commentarijs affatium illustrata. Matriti: […] in typographia Domin. Garciae Morras. (BN 3/52577, Cervantes R/35869). Otro ejemplar con fecha de licencia 1651.
— 1658-60 Emblemas regio-politicos de don Iuan de Solorçano Pereyra distribuidos en decadas traducidos por el dotor Lorenço Matheu y Sanz. En Valencia: por Bernardo Nogués… 10 vols.
— 1779 Emblemata centum, regio politica: lisgneis laminis aafabre caelata carminibus explicita, et commentaris illustrata. [S.l]: [s.n.] (Matriti: Tipog. Regia, vulgo de la Gazeta) (BN 3/78814)
— 1987 Emblemas regio-políticos de Juan de Solórzano. J. Mª González de Zárate; prólogo por Santiago Sebastián. Trad. de epigramas por L. Matheu y Sanz. Revisada por F. Tejada Vizuete. Madrid: Tuero.
— 1676 Obras Posthvmas. Recopilación de varios tratados, memoriales, y papeles, escritos algvnos en cavsas fiscales, y llenos todos, de mucha enseñanza, y erudicion. Dedicanse Al Ilmo. Sr. D. Lvis de Exea y Talayero, Ivsticia de Aragon. [s.l.]: [s.n.] (Zaragoça: por los herederos de Diego Dormer). (BN 3/18152, 7/14697, Cervantes R/23743, R/35113) Entre las relaciones que forman parte de las Obras póstumas figura la siguiente: RAH, Col. Muñoz, t. 73, correspondiente al t. 55 del Catálogo, 1954, p. 259: este vol. contiene Información… en derecho que hizo el sr./don Juan de Solórzano, del C[onsej]o de Indiasm con/tra don Juan de Benavides, General de la flota de Nueva España, cuando perdió el año de [1628] y la tomaron los /enemigos en el puerto de las / Matanças”, fols. 1-108, de numeración alterna.
— 1776-79 Obras varias posthumas del Doctor Juan de Solórzano Pereyra, […] Contienes una recopilacion de diversos Tratados, Memoriales, Papeles eruditos, y algunos escritos en causas Fiscales, y todos llenos de mucha enseñanza y erudición. Corregidas y enmendadas en esta edición por el lic. Francisco Mª Vallarna, Abogado de Reales Consejos, y del Colegio de esta Corte. [S.l.]: [s.n.]. (Madrid: Imp. Real de la Gazeta). 6 vols.
Libro primero de la recopilación de las células, cartas, provisiones y ordenanzas reales. Noticia preliminar de Ricardo Levene. Buenos Aires: Instituto de Historia del Derecho Argentino, 1945. 2 vols. (BN HA/10579-80)
Solórzano Pereira: antología. Selección y prólogo de Luis García Arias. Madrid: Editorial Nacional, 1947. Serie: Breviarios del pensamiento español; 1. 2 vols. (BN 1/104900-01)
Bibliografía
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— Felipe III, Huancavelica, 20 de marzo de 1617
— a Francisco de Alfaro. Lima, 20 de octubre de 1617
— al Conde-Duque Olivares, Lima, 26 de junio 1623
— Informe fiscal al Consejo de Hacienda, Madrid, 5 de agosto de 1629
— Informe, Madrid noviembre de 1629
— Informe otro de 8 de octubre 1640
— carta a Felipe IV, Madrid, 23 de septiembre de 1655
— Relación de servicios y méritos de don Joseph Domingo de Sotomayor y Solórzano, de sus padres y abuelos, Lima 5 de junio de 1732.
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AUTORÍA
Todos los textos e investigaciones son obra de Inés Montano